La cotidianeidad del ambiente laboral ciertas veces encubre algunas conductas que pasan desapercibidas para la mayoría de los trabajadores, ya sea por desconocimiento o por evitar “meterse en problemas”, se pasa por alto un tema bastante complejo: el acoso.
Pese a que el más conocido es el acoso de tipo sexual, lo cierto es que no es la única forma de violencia ejercida; existe uno tan grave como éste: la psicológica laboral, que causa un gran impacto negativo en la vida profesional y personal de quienes la sufren.
Mundialmente, esta violencia psicológica laboral es conocida como mobbing (del inglés “to mob”, atropellar), una práctica que se da continua y sistemáticamente, trayendo consigo consecuencias tanto psicológicas como físicas para su víctima, quien se ve indefenso ante sus agresores.
La víctima de mobbing vivencia distintos actos humillantes como por ejemplo, que sus compañeros de trabajo no le dirijan la palabra, la aíslen, desprestigien o descalifiquen su desarrollo como profesional, en definitiva, la desacrediten ante el resto.
Las consecuencias de éstas prácticas podrían derivar en casos más graves como estrés e incluso depresión al mediano y largo plazo. Además, se evidencian en el día a día en síntomas que – somatizados- derivan en dolores de cabeza, contracciones musculares y enfermedades gastrointestinales como colón irritable o úlcera, por nombrar algunas.
Si bien ésta figura -observada en el ámbito del trabajo- se ha dado a conocer públicamente de manera más bien reciente, lo cierto es que es una práctica que se da desde que la mujer abandonó las labores domésticas, se independizó y entró al mundo del trabajo, haciendo valer sus derechos hasta entonces oprimidos.
Aspectos legales
El mobbing puede darse en contra de hombres y mujeres, pero son principalmente estas últimas las más afectadas. Según estudios de la OIT (año 1998), y otros realizados en Europa, las más “acosadas laboralmente” son las trabajadoras de entre 30 y 45 años (11.8% de casos en mujeres v/s 6.1% en hombres).
Cabe destacar que la violencia por razón de género -o discriminación- ha sido abiertamente rechazada, (incluso prohibida), en diversas convenciones internacionales como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966). Sin embargo en muchos países, sobre todo de Latinoamérica, el mobbing en el ámbito laboral recién se hace conocido hace algunos años y aún queda mucho por legislar en este tema.
La Organización Internacional del Trabajo recomendó -en el informe anual del período 2005-2006- que las empresas deben recurrir a la capacitación como prevención al problema, así como al diálogo entre líderes de los distintos niveles de la compañía.
Para Pablo Molouny, country manager de Trabajando.com Argentina “cada persona de la organización es un elemento imprescindible para mantener el equilibrio en las relaciones personales, y de esta forma evitar la generación de cualquier situación de discordancia de poder, que puedan significar que una persona de la empresa se sienta amenazada o agredida psicológica y físicamente por un par o líder.”
Fátima Barac / [email protected]