El derecho constitucional de acceso a la información pública, así como la relevante normativa existente a nivel nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyen una herramienta de gran utilidad para obtener información que se encuentra en manos del Estado. En este sentido, las empresas privadas cuentan con una oportunidad única para obtener beneficios para sus negocios.
El derecho a la información pública representa un beneficio para las empresas, en la medida en que éstas pueden acceder a información clave con la que antes no contaba. En efecto, las normas de acceso a la información pueden ser utilizadas por las empresas privadas con dos propósitos diferentes: por un lado, para conseguir información que puede contribuir al crecimiento de la propia empresa o mejorar la calidad en la prestación de sus servicios, y por el otro, para conocer la información que el gobierno posee sobre la misma para, en tal caso, proteger esa información de manera tal que no afecte su competitividad.
Sin embargo, en los hechos, la información pública es una variable no explotada acabadamente por las empresas que giran en el mercado argentino, debido al desconocimiento de la existencia de un derecho constitucional a su favor o a la falta de práctica en su ejercicio.
En ese sentido, las empresas en la Argentina, podrían obtener la más variada y rica información por parte de los entes públicos. A modo de ejemplo, una empresa podría solicitar información respecto de los siguientes ítems:
- Información vinculada a licitaciones y contrataciones que efectúa el Estado (conocimiento de los detalles de los procedimientos aplicados, corroborar si se cumplieron los requisitos y condiciones que las normas exigen, si se llevó a cabo una licitación pública cuando así debía ser o si se utilizó un sistema de contratación o licitación directa o privada para beneficiar a alguna empresa en particular);
- Información vinculada a los insumos que el gobierno consume, o a los planes de inversión en obra pública plurianuales, o los convenios firmados por el Estado con otros países.
- La situación de los suelos en donde se pretende realizar un proyecto industrial;
- Información sobre ventas realizadas por empresas del Estado o por empresas prestatarias de servicios públicos;
- Cuántas estaciones de servicio existen en cierta jurisdicción (y cuántas de ellas se encuentran habilitadas); o cuántas estaciones de servicio que provean de GNC existen y en dónde se sitúan; o cuántas estaciones de servicio están siendo sometidas a procesos de remediación de suelos por con contaminación de suelos y en dónde se encuentran las mismas;
- Cuántos estudios de impacto ambiental se han realizado en determinada área y dónde se puede consultar los resultados de los mismos;
- Dónde se pueden consultar los planos y normas de evacuación y emergencia de subterráneos y de ferrocarriles;
- Cuántas antenas de empresas de celulares existen y dónde están ubicadas;
- Cuál es la nómina vigente de inspectores autorizados para realizar inspecciones dentro de las empresas en cumplimiento de la legislación de higiene y seguridad laboral;
- Información sobre prácticas de empleo público.
En efecto, aún cuando pareciera que, en la mayoría de los casos, las normas son utilizadas y en consecuencia invocadas por ciudadanos en forma individual, periodistas y organizaciones de la sociedad civil, en los países más desarrollados como Estados Unidos, Canadá, y Gran Bretaña, las grandes corporaciones y las pequeñas y medianas empresas son las que han visto positivamente beneficiado su negocio mediante la utilización de normas de acceso a la información. Por ejemplo, en Gran Bretaña la ley de acceso a la información pública es reciente, pero pese a ello, las empresas ya la han utilizado asiduamente con fines de maximizar sus negocios: En el primer trimestre del año 2005, el Departamento de Estado de Gran Bretaña, reportó haber recibido 7733 pedidos de información (cabe recalcar, que un alto número de dichos pedidos de información, fue realizado por empresas privadas de todo tipo y dedicadas a diferentes actividades). Por su parte en los Estados Unidos, la ley de acceso a la información pública (FOIA), ha sido utilizada desde hace años por el sector financiero y comercial, para diversos fines económicos:
• Sólo en el año 2000, el gobierno federal estadounidense respondió 1.959.959 pedidos de información de los cuales, se estima, 550.000 fueron pedidos efectuados por empresas y compañías del sector privado.
• Asimismo, en Canadá en el año 2001 se hicieron 21.625 pedidos de información, el 43,4 por ciento correspondieron a pedidos efectuados por el sector empresarial.
En la Argentina, todavía persiste la idea de que no es posible acceder a la información pública, o que si lo es, dicho derecho sólo le asiste a los usuarios y/o consumidores y no a las empresas privadas. Nada más alejado de la realidad normativa nacional. En efecto, tanto la Constitución Nacional, como el Decreto 1172/03 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, garantizan el derecho de toda persona jurídica de acceder a la información pública. El Decreto 1172/03, establece específicamente el derecho de toda persona de acceder a cualquier tipo de información con la que cuente el Poder Ejecutivo Nacional, sus dependencias, los entes reguladores de servicios públicos, las empresas del Estado, las empresas con capital estatal mayoritario, y las empresas prestatarias de servicios públicos. De esta forma, es indudable que cualquier empresa privada puede beneficiarse mediante la utilización de esta norma jurídica, la cual le otorga la potestad de acceder a la información pública sin mayores exigencias que el pedido mismo.
Por último, cabe recalcar que pese a la inexistencia de una ley nacional de acceso a la información pública que obligue a todos los Poderes Estatales (como es lo que ocurre en varios países del mundo), las empresas se encuentran en una inmejorable situación para reducir la desigualdad informativa de los actores del mercado nacional, y de esta forma, tomar mejores decisiones, acceder a nuevos negocios y convertirse en más competitivas.
El acceso a la información pública, es un derecho de todas las empresas, pero sólo constituirá una fuente de beneficios para aquellas que lo ejerciten en su favor.
Para mayor información sobre el tema, enviar un mail a Ariel Romano Angel a aromano@adc.org.ar o comunicarse a la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) al 5236-0555/6.